Revisiones periódicas

 

¿Qué es la revisión periódica de gas?

 

Es la inspección obligatoria y periódica que se debe realizar cada 5 años a la red interna y a los gasodomésticos de cada usuario, ya sea un hogar, comercio o empresa, con el fin de garantizar el buen funcionamiento y la seguridad de la instalación. Se realiza en cumplimiento de la resolución 059 de 2012 de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) y demás normatividad vigente.

 

Para ello se hacen diferentes pruebas de hermeticidad, escapes y funcionamiento para garantizar el cumplimiento de las condiciones técnicas y de seguridad exigidas.

 

¿Quién está autorizado para hacerla?

 

Sólo podrán realizarla los Organismos de Inspección o Certificación acreditados por el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia (ONAC), tanto para redes o instalaciones nuevas, reformas o revisión periódica. Para ver los Organismos de Inspección acreditados haz click en el botón ONAC ubicado en la parte inferior.

 

¿Es responsabilidad de la empresa hacer la revisión periódica?

 

No, a partir del 1 de mayo del 2014 según la normatividad vigente, el USUARIO es el responsable de que su instalación cuente con el certificado de conformidad expedido por un organismo de inspección acreditado por la ONAC.  El usuario y el organismo de inspección deben hacer llegar a ESPIGAS el certificado de que ya se realizó la revisión, dentro de los plazos establecidos por la norma.

 

¿Cómo saber cuando hacer la revisión periódica?

 

En la parte inferior de la factura mensual, ESPIGAS te informará 5 meses antes al cumplimiento de la fecha, tiempo en el cual debes realizar la revisión periódica, así mismo 5 meses antes anexamos a tu factura mensual un comunicado con la fecha límite de la revisión y el listado de organismos de inspección acreditados con los cuales puedes hacerla. 

 

¿Qué pasa si no hago la revisión periódica?

 

Si pasados los 5 años, en tu instalación aún no se ha realizado la revisión periódica o ESPIGAS no tiene el certificado de conformidad que indique que ya se realizó, ESPIGAS procederá a hacer la suspensión preventiva del servicio de gas, en cumplimiento de la normatividad vigente. Ten en cuenta que esta suspensión y posterior puesta en servicio tiene un cobro, por eso es importante que estés pendiente de las comunicaciones de ESPIGAS en la factura mensual.

 

 

¿Qué sucede si se encuentran defectos en mi instalación en el momento de la revisión?

 

Si la revisión no cumple con uno o varios requerimientos que afectan la seguridad, el servicio será suspendido inmediatamente hasta que se hayan realizado las correcciones a dichos inconvenientes. Si el problema no afecta la seguridad pero va en contra de la normatividad, se dará un plazo para ejecutar las correcciones, y no se suspenderá siempre y cuando no se haya sobrepasado el tiempo límite para realizar la revisión. Si no se llevan a cabo las correcciones dentro del plazo, ESPIGAS suspenderá el servicio de gas. 

 

Una vez se hayan ejecutado los arreglos a la instalación, se llevará a cabo la segunda visita por el organismo de inspección, esta no debe generar ningún cobro. Si la instalación sigue con inconvenientes, el usuario debe pagar nuevamente el valor de la revisión hasta obtener el certificado de conformidad. 

 

 

Para conocer más, te invitamos a hacer click en la CARTILLA REVISIÓN PERIÓDICA REGLAMENTARIA:

 

Descarga
Cartilla Revisión Periódica Reglamentaria
En esta cartilla encuentra en detalle toda la reglamentación acerca de la Revisión Periódica Reglamentaria para instalaciones de gas natural
Cartilla Revisión Periodica.pdf
Documento Adobe Acrobat 1.2 MB

 

En el siguiente botón encontrarás los organismos de inspección acreditados por la ONAC, con los que podrás realizar la revisión periódica.



¿Sabes cuando debes hacer tu próxima revisión?

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